La reforma del impuesto hipotecario contemplará cambios en la subrogación

Publicado el 27 de noviembre de 2018

La reforma que tramita el Parlamento para modificar el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) vinculado a una hipoteca para que sea pagado por la banca incluirá cambios en la subrogación de las hipotecas con el fin de que no haya competencia.

Fuentes cercanas al Ministerio de Economía han señalado que tras la convalidación del real decreto ley sobre el impuesto hipotecario, que será tramitado como proyecto de ley, el Ejecutivo plantea introducir varias enmiendas relativas a la subrogación y a las cajas rurales y cooperativas de crédito, que están exentas de pagar el impuesto de AJD desde 1990.

Y es que el real decreto ley del Gobierno no especifica si el polémico impuesto, que hasta hace unos meses pagaba el cliente, será también abonado por las cajas rurales y las cooperativas de crédito, al tiempo que no detalla cómo evitar que a través de una subrogación un banco pueda beneficiarse de una hipoteca constituida por otra entidad que ya ha pagado el impuesto.

Actualmente, la nueva ley hipotecaria contempla que la subrogación tenga un coste ínfimo en caso de que el deudor se fuera con otro banco, y señala que transcurridos los tres primeros años de vigencia del contrato de préstamo, el prestamista no podrá exigir compensación o comisión alguna.

En el caso de la novación (modificación de las condiciones del préstamo hipotecario después de haberlo firmado) la entidad financiera tampoco puede exigir comisión o coste siempre que se haga para pasar de un tipo de interés variable a uno fijo.

En este sentido, la nueva ley quiere favorecer la subrogación y la novación, esta última para fomentar que los hipotecados se decanten por tipos fijos ya que les ayudaría a conocer con exactitud el coste que en el medio y largo plazo les va a suponer la financiación que contratan.

De momento, mientras se tramita este proyecto de ley la ponencia tiene previsto finalizar sus trabajos esta semana para que en diciembre el dictamen de ponencia y las enmiendas que queden vivas puedan debatirse en el Pleno del Congreso.

Hasta ahora, la ley hipotecaria fija el reparto de gastos entre el cliente (que abonará la tasación) y el banco (que se hará cargo del impuesto de actos jurídicos documentados, de las primeras copias del notario, de los gastos del registro y de la gestoría).

También contempla que la entidad bancaria no pueda imponer sus productos vinculados o combinados a la hipoteca e incluye la eliminación de las cláusulas suelo, y la voluntariedad de establecer la dación en pago entre las partes.

Asimismo, el Código de Buenas Prácticas tendrá carácter permanente para que las entidades tengan que aplicarlo a todos los préstamos y no solo a los firmados antes de 2012.

La ejecución hipotecaria o embargo será a partir de 12 cuotas impagadas o el 3% del capital principal prestado en la primera mitad de la vida del préstamo, y se ampliará a 15 cuotas y el 7% en la segunda mitad, al tiempo que la comisión por interés de demora será el interés remuneratorio más el 2%.

Entre los asuntos que quedan pendientes está aclarar la disposición transitoria primera que establece como regla general la aplicación no retroactiva de esta ley salvo con algunas excepciones, entre las que -según Podemos- entraría la cláusula de vencimiento hipotecario y que podría afectar a decenas de miles de desahucios que están actualmente suspendidos.

En la próxima reunión se tratará de pactar las comisiones por amortización anticipada tanto para hipotecas de tipo fijo como variable.

 

Fuente: http://www.expansion.com

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